PROGRAMA KIT DIGITAL
Lan To Wan Services - Agente Digitalizador
El programa KIT DIGITAL es un proyecto estatal y europeo para ayudar a las empresas pymes a digitalizarse y atenuar el impacto del COVID-19 en su actividad.
Si tienes una empresa de menos de 49 trabajadores o eres autónomo y quieres conseguir ayudas para digitalizar tu negocio, desde Lan To Wan Services te ayudamos a realizar los trámites necesarios para solicitar el bono Kit Digital.
Nos encanta ayudar a empresas a mejorar su presencia en internet y automatizar procesos para vender más y ser más eficientes.
¡Digitalízate ya!

Soluciones Digitales incluidas en el bono KIT DIGITAL
Sitio Web
Creación de una página web y/o la prestación de servicios que proporcionen posicionamiento web (SEO) en Internet.
Comercio electrónico
Creación de una tienda online de venta de productos y/o servicios que utilice Internet para su intercambio.
Gestión de redes sociales
Digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con clientes y proveedores.
Servicios de Oficina Virtual
Solución de colaboración entre empleados de la empresa.
Comunicaciones Seguras
Solución Firewall y Acceso Remoto de última generación.
Gestión de Procesos
Oficina Digital. Migraciones de ERP y Servidores a Escritorio Remoto.
Puesto de trabajo seguro
Dispositivo de hardware PC o Portátil para ampliar su solución de kit Digital.
Requisitos del programa Kit Digital para pymes y autónomos
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimas (de pequeña cuantía).